En la actividad empresarial poder disponer del instrumento jurídico de una fundación puede suponer contar con importantes incentivos para la realización de sus actividades. Así nacen, entre otras, las fundaciones patrimoniales.
Las fundaciones que podemos denominar de carácter patrimonial tienen una dotación fundacional o aportaciones anuales por familias empresarias, que juegan un papel importante en el gobierno de la fundación y habitualmente forman parte del patronato.
¿Puede ser la actividad de la fundación solo mantener un patrimonio?
Una fundación podría, por ejemplo, tener como única actividad la gestión de un patrimonio industrial o familiar, pero no tendría las ventajas fiscales propias de una fundación.
Sí podría acogerse a esas ventajas desde el momento en que realice por si misma o a través de otros alguna de las actividades de interés general “como pueden ser, entre otros, los de defensa de los derechos humanos, de las víctimas del terrorismo y actos violentos, los de asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional, de cooperación para el desarrollo, de promoción del voluntariado, de promoción de la acción social, defensa del medio ambiente, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, económicas o culturales, de promoción de los valores constitucionales y defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia, de fomento de la economía social, de desarrollo de la sociedad de la información, de investigación científica, desarrollo o innovación tecnológica y de transferencia de la misma hacia el tejido productivo como elemento impulsor de la productividad y competitividad empresarial”.
¿Por qué se forman fundaciones patrimoniales?
Los motivos en el origen de estas fundaciones, son muy diversos y responden a la casuística de cada empresario o familia fundadora. Básicamente nos podemos encontrar dos situaciones: Empresario o familia empresaria, que canaliza en vida su acción social, también la RSC a través de una fundación. O bien, el fundador que deja su patrimonio, o parte del mismo, como legado fundacional. En ambos casos es habitual es que los ingresos de la fundación provengan en gran medida de los dividendos o rentabilidades del patrimonio donado y en muchas ocasiones de participaciones empresariales. En este esquema cabe destacar casos tan relevantes como la Fundación Ramón Areces o la Fundación Botín.
Las fundaciones patrimoniales pueden acogerse a incentivos fiscales si a través de ella se realizan actividades de interés social.
En ocasiones, el fundador de una empresa familiar que teme que sus descendientes no puedan mantener unido el capital de la misma debido a la existencia de conflictos de intereses o porque simplemente los considera no del todo aptos para gestionar los negocios. Entonces decide ceder la mayor parte de las acciones de la sociedad familiar a una fundación, cuyo fin será el mantenimiento de la empresa y por tanto también de las actividades de interés general.
Otras veces constituye una fundación que se convierte en el socio colectivo de una sociedad comanditaria. Como tal le incumbe la dirección de los negocios y la representación de la sociedad y en contrapartida responde ilimitadamente de las deudas sociales. De esta forma el fundador impone a los órganos de la empresa una determinada política negocial y evita la dispersión hereditaria del patrimonio empresarial. En definitiva, logra mantener su empresa en su estructura y sustancia.
Relación de algunas de las fundaciones que PwC considera patrimoniales y que ha estudiado para su informe Fundaciones corporativas. El alma de las empresas
- Fundació Carulla
- Fundación Joaquim Molins Figueras
- Fundació Dr. Antoni Esteve
- Fundación José Manuel Entrecanales
- Fundació Jaume Casademont
- Fundación José Manuel Lara
- Fundació Jesús Serra
- Fundación Juan March
- Fundació Puig
- Fundación Juan Miguel Villar-Mir
- Fundación Abel Matutes
- Fundación Luca de Tena
- Fundación Adolfo Domínguez
- Fundación María Cristina Masaveu Peterson
- Fundación Alicia Koplowitz
- Fundación María José Jove
- Fundación Amancio Ortega
- Fundación Mario Losantos del Campo
- Fundación Barrié
- Fundación Paideia Galiza
- Fundación Botín
- Fundación Rafael del Pino
- Fundación Carmen Pardo-Valcarce
- Fundación Ramón Areces
- Fundación Eduarda Justo
- Fundación Roviralta
- Fundación Eduardo Barreiros
- Fundación Tomás Pascual y Pilar Gómez-Cuétara
- Fundación Germán Sánchez Ruiperez
- Fundación Universitaria Oriol Urquijo
- Fundación Hortensia Herrero
Si tienes dudas acerca de cómo constituir una fundación, sus requisitos u obligaciones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Somos especialistas y podemos guiarte por todo el camino hasta conseguir tus objetivos.